Saturday, February 28, 2026

El testamento de Isabel de la Torre, viuda de Juan Rodríguez Morejón, en Sevilla, 1653

Este testamento se encuentra en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla. Fue otorgado ante el notario Tomás Carrasco de Orellana, Libro 3, P/2651/f.728-729v. Isabel de la Torre se casó con Juan Rodríguez Morejón (también llamado Juan Rodríguez Latonero) y tuvieron los siguientes hijos: Juan Rodríguez Morejón, quien pasó a la Habana; Catalina de Acevedo, quien se casó con Bernardo Ugarte; Laura de Acevedo, quien casó con Alonso Sánchez; y a Cristóbal Morejón, quien murió joven.


[Tes]tam[en]to [de] [Isab]el de la [T]orre


En el nombre de Dios amen = Sepan quantos esta carta vieren como yo d.a Ysavel de la Torre viuda de juan rrodriguez morejon v[e]z[in]a desta çiudad de Sevilla en la calle de la sierpe en casas del s[eño]r conde de arenales estando enferma y en mi libre juicio memoria y entendimiento natural tal qual dios n[uest]ro señor fue servido de me dar creyendo como firme y verdaderamente creo el divino misterio de la s[antí]s[i]ma trenidad padre hijo y espiritu santo tres personas y un solo dios verd[ad]ero y en todo lo demas q[ue] tiene cree y confiessa la s[antí]s[i]ma m[adr]e yglesia catolica Romana como buena y fiel xptiana q[ue] soy temiendome de la muerte ques cosa natural de q[ue] ninguna viva criatura puede escapar otorgo q[ue] hago y ordeno mi testamento en la manera sig[uien]te

Lo primero ofresco y encomiendo mi anima a dios n[uest]ro señor q[ue] la [] crio y rredimio con el precio infinito de su sangre y quando su divina mag[esta]d fuere servido de llevarme desta presente vida mano mi cuerpo sea sepultado en la iglesia parroquial donde yo falleçiere y el dia de mi entierro siendo ora y sino el siguiente se me diga una missa de requien cantada la forma y horden de mi entierro dejo y remito a el pareçer de mis alvaçeas

Yten mando se digan p[o]r mi anima cien misas reçados las sinq[uien]ta dellas en la parroquia Donde yo falleçiere y fuere enterrada y las otras çinquenta en las partes yglesias o monasterios q[ue] parecere a mis alvaçeas y se paguela limosna de mis vienes

Yten manda se digan otras çien misas recadas p[or] el anima de D.a Catalina de açevedo mi hija Difunta q[ue] Dios tiene en las partes yglesias y monasterios q[ue] pareçoere a mis alvaçeas y se pague la limosna de mis vienes

Yten mando a la çera del s[antí]s[i]mo sacramento de la parroquia donde yo falleçiere quatro R[eale]s y otros quatro a la favrica de la yglesia della y otros quatro a la cofradia de las venditas animas = y a las mandas acostumbrada sacada p[or]…

Yten declaro q[ue] a el tiempo y quando yo case con el dho Juan Rodriguez morejon mi marido yo lleve a su poder por mi docte doçientos Ducados de vellon antes mas que menos en vienes de ajuar y ropa = y el dho mi marido no trujo a el dho matrimonio Bienes ningunos y de los dhos doscientos ducados el dho mi marido no me hiço ni otorgo carta de Docte declarado asi para q[ue] consta dello

Yten declaro que a el tiempo y quando yo case a doña Laura de açevedo mi hija y del dho mi marido con alonso sanches v[e]z[in]o desta ciu[da]d abra nueve años poco mas o menos le di p[or] su docte mill y quinientos r[eale]s en rropa de ajuar y de vestir de que no se otorgo carta de Docte declaro lo asi

Yten declaro q[ue] abra nueve años poco mas o menos yo casse a D.a Isavel de açevedo mi hija y del dho mi marido con Don Bernardo de Ugarte Veçino desta çiudad y no le di a el tiempo de su casamiento ni despues del por su docte maravedis ningunos declarolo asi para q[ue] en todo tiempo conste

Yten declaro a el tiempo quando la dha D.a Ysavel de açevedo se caso con el dho Don Bernardo de Ugarte la dha Doña catalina morejon su hermana porq[ue] el dho casamiento tubiera efeto con mi liz[enci]a mando en docte la dha D.a Ysavel de açevedo la lijitima q[ue] le pudiera prteneçer como una de las herederas del dho Juan rodriguez morejon mi marido su padre como un… para que toda la dha lijitima la tubiera y gosara bien y cumplidamente la qual dha mande yo… y apruevo para que se guarde y cumpla por averse casado en conformidad de la dha Promessa para q[ue] la dha D.a Ysavel morejon el dho don Bernardo su marido lo ayan y lleven y cobren de los vienes q[ue] ubieren quedado del dho Juan rrodriguez morejon mi marido p[ara] q[ue]… 

Yten declaro q[u[e la dha doña catalina de açevedo puede aver ocho meses q[ue] murio y suçediyo en sus vienes como su madre y heredera

Yten declaro q[ue] Juan de morejon mi hijo y del dho mi marido v[e]z[in]o q[ue] oy es de la çiudad de San Christobal de la havana hiço donas[i]on yntercisvos a la dha d.a Catalina morejon mi hija su hermana de la lijitima q[ue] le pudiera tocar p[or] fin y muerte del dho su padre y que la ubiese y llevase para ayuda a tomar estado de casada y rreligiosa con calidad y condicion q[ue] si falleçiesse sin tomas [e]stado suçediese yo en la dha donas[i]on …tima y le ubiese llevase para my y por aver muerto la dha d.a Catalina morejon mi hija Doncella y sin tomar estado p[o]r lo qual subçedyo en los bienes de la dha donaçion y como dueños Della tengo hed… graçia y Donaçion de los vienes de la dha lijitima paterno de el dho Ju.o de morejon mi hijo y el toco como uno de los herederos de el dho su padre a Juana Josepha mi nieta hija de los dhos Don Bernardo de Ugarte y d.a Ysavel de açevedo mi hija de edad de tres… para q[ue] la aya y lleve para ayuda de tomar [e]stado como pareze de la dha donaçion que paso ante el pres[en]te pu[blic]o la qual rratifico y apruevo para q[ue] se guarde y cumpla en todo y por todo como en ellas se contiene p[ara] q[ue] asi es mi voluntad

Yten mando a Josepha de açevedo mi nieta hija de D.a Laura de açevedo mi hija Difunta los q veinte ducados de more… pesos de a ocho… los quales quiero q[ue] entren en poder del dho don Ber[nar]do de Ugarte hasta q[ue] la dha mi nieta tenga edad de catorçe años cumplidos q[ue] se le entreguen sin q[ue] el dho su padre los pueda pedir sino es en caso q[ue] muera la dha mi nieta = y mas le mando una arqui… pequeña y una tabla de manteles dos almohadas dos prior de rostro una cuchara de plata y todo este este asimismo empode… de el dho Don Ber[nar]do de Ugarte hasta q[ue] se le entreguen los dhos v[einte du]cados todo lo qual le mando p[or] el mucho amor y voluntad q[ue] le tengo

Yten conformandome con las leyes y prematichas destos Rey[nos] en que qualquier padre o madre puede mejorar a qualquier de sus hijos p[or] tanto mejoro en el tercero[?] y rremaniente del quinto de todos mis vienes y haçienda Deudas … y otras cosas q[ue] me perteneçen y perteneçieren por mi fin y muerte quedaren a la dha Doña Ysavel de açevedo mi hija y del dho mi marido muger del dho Don Bernardo de Ugarte para q[ue] aya y lleve la dha mejora y veiens della demas de los vienes q[ue] le tocaren como a una de mis hijas y herederos p[or]q[ue] asi es mi voluntad

Yten declaro q[ue] a el tiempo quando murio el dho mi marido quedo por nro hijo lejitimo entre otros xptobal morejon el qual murio de edad de çinco años en cuya herençia suvcediyo como su madre y lejitima heredera Declaro lo asi

Yten declaro que a el tiempo de la muerte del dho Juan Rodriguez morejon mi marido q[ue]daron por n[uest[ros vienes tres pares de casas en la çiudad de Cadis en la calle de ahada que durante n[uest]ro matrimonio labro y saco de çincuientos comprando el fuelo[?] dellas de las quales perteneçe la mitad a los dhos mis hijos y su lex[iti]ma paterna y la otra mitad a mi como vienes Ganançiales p[or] averse Grangeado constante el matrimonio Declarolo asi para que conste Dello

Yten declaro que poco dias antes q[ue] falleçiese el dho Juan Rodrig[ue]z morejon mi marido el suso dho hiço una escriptura de Ympus[i]s[i]on de tributo de seteçientos Ducados poco mas o menos de Prinçipal sobre las dhas cassas la qual … escriptura no quise Benir en ella ni otorgarla y lo qual se chancelo la dha escriptura y rredimio el dho tributo ante el dho [escribano] q[ue] otorgo la escript[ur]a De su Ympos[i]s[i]on = y un mala fee de alli a pocos dias aviendo muerto el dho Juan rrodriguez morejon mi marido sin testar la persona en cuyo favor en cuyo se avia hecho la dha escrip[tur]a de ympos[i]s[i]on sin aver entresado el dinero antes p[or] no aver tenido efeto y chançelado la dha escriptura con el traslado Della que quedo en su poder acobrado los rreditos del dho çenso y puso pleito ante la justiçia de la dha ciu[da]d de cadiz y pidio se Bendiesen las dhas casas y se le hiçiese pago de principal y corridos no deviendosele nada de todo ello a el qual dho pleyto se esta siguiendo por mi parte mando q[ue] el dho pleyto se fenezca y acave y sesa que en las dhas casas de la pers[on]a en cuyo poder pararen y se cobre todos los maravedis q[ue] dellas an cobrado sin deverse nada y todos los daños q[ue] se me an seguido a my y a mis hijos y no aver sido çitados pa…la venta de las dhas casas y que dar yndefensos declaro lo asi para descargo de mi conçiençia

Y para pagar y cumplir este mi testamento y lo en el cont[eni]do dejo y nombro p[or] mis alvaçeas testamentarios cumplidores y ex[ecutor]es … a el dho Don Bernardo de Ugarte mi yerno y a don diego legon v[e]z[in]os desta çiudad a los quales y a cada uno dellos ynsolidum doy poder cumplido para rreçivir y cobrar todos mis vienes y haçienda q[ue] se me deven y deviesen en [e]sta ciu[da]d y fuera della p[or] qualesquier recaudos

Yten ellos y para confesar las pagas y rrenunciar la … y otorgar cartas de pago fin[i]q[ui]tos y otras recaudos y contender en juicio sobre su cobransa y hacerlos autos necesarios y para tomar de mis vienes los neçesarios y venderlos en almoneda o fuera della y de su proçedido … y pagar [este?] testamento y p[ar]a usar del dho cargo el tiempo necess[ari]o aunque se les pase el año del alvaçeasgo y mucho mas

Y cumplido y pagado este mi testamento y …. mandas y clausulas en el contenidas en el rremaniente de todos mis vienes rayçes ymuevles … y açiones que de mi quedaren y en qu[ales]quier manera me perteneçieren de … y nombro por mis … y universales herederos a la dha d.a ysavel de açevedo muger de … Don Ber[nar]do de Ugarte = y a juan morejon ambos mis hijos … dho mi marido y a Luçiana y Josepha mis nietas hijas de la dha Laura de Acevedo mi hija y del dho mi marido difunto y del dho [san]chez su marido para q[ue] por caveça de la dha mi madre sean sus mis … para todos ellos los ayan y hereden con la vendiçion de … llevando la dha D.a Ysavel de açevedo la dha mejora de … quinto de mas de los q[ue] el perteneçiere

Y recovo y anulo y doy por ningunos y de ningun valor ni efe[cto a] otros qualesquier testamentos mandas cobdiçilos y otras ultimas Disposiciones q[ue] yo aya [hec]ho y otorgado en todos los tiempos y ano… hasta el dia de oy para q[ue] todos no balgan salvo [e]ste testam[en]to q[ue] … otorgo en q[ue] declaro se cumple mi ultima voluntad y por tal… otorgo ante el pres[en]te pu[bli]co y testigos desta carta ques [hec]ha en Sevilla …do en las casas de la morada de la otorgante a veinte y … mes de noviembre de mill y seis[cient]os y cinq[uien]ta y tres a[ño]s … dijo no savia firmar a su rruegolo firmo un t[estig]o en este … y testigos de su conocimiento q[ue] juraron en forma de d[erech]o … y llamarse como se a nombrado a el liz[encia]do Gonsalo de … presvitero press[en]te de la capilla del coro de la S[an]ta Yglesia dh… y … della y a ant[oni]o Gutierres v[e]cin]o desta de la mag[dale]na … asi nombraron andres f[e]r[nande]z de casas y di[eg]o cavallero y juan de chavs [escribanp] = t[acha]do como una los q[ue] = ducados de me… de v[ell]on no v[al]e en tres r[eale]s pesos de a ocho r[eale]s en plata v[al]e


[Firma de Tomás Carrasco de Orellana, escribano público]


[Firma de Andrés Fernández de Casas]


[Firma de Juan de Chávez]

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